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Impuestos estimados trimestrales: fechas y cuánto pagar

Actualizado: · Por Yanisley Díaz Montalvo, CAA


Respuesta corta Si trabajas por tu cuenta y esperas deber $1,000 o más al presentar tu declaración, normalmente debes pagar impuestos estimados cuatro veces al año. Para el año 2026, las fechas son el 15 de abril, el 15 de junio y el 15 de septiembre de 2026, y el 15 de enero de 2027. Para evitar la multa, paga al menos el 90% del impuesto de este año o el 100% del impuesto del año pasado (110% si tu ingreso bruto ajustado pasó de $150,000).

¿Quién debe pagar impuestos estimados?

Quien recibe ingresos sin retención: dueños de LLC, trabajadores independientes, socios y quienes tienen ingresos de alquiler o inversiones. Si al presentar esperas deber menos de $1,000 después de retenciones y créditos, por lo general no tienes que pagarlos.

¿Cuáles son las fechas?

PagoIngresos que cubreFecha límite
4º pago de 20261 de septiembre al 31 de diciembre de 202615 de enero de 2027
1er pago de 20271 de enero al 31 de marzo de 202715 de abril de 2027
2º pago de 20271 de abril al 31 de mayo de 202715 de junio de 2027
3er pago de 20271 de junio al 31 de agosto de 202715 de septiembre de 2027
4º pago de 20271 de septiembre al 31 de diciembre de 202715 de enero de 2028

Si una fecha cae en fin de semana o día feriado, pasa al siguiente día hábil.

¿Cuánto debo pagar para evitar la multa?

Paga, entre retenciones y pagos estimados a tiempo, la cantidad menor de estas dos:

  • El 90% del impuesto que vas a deber este año.
  • El 100% del impuesto total del año pasado, o el 110% si tu ingreso bruto ajustado del año pasado fue mayor de $150,000 ($75,000 si declaras como casado por separado).

La opción del año pasado da más certeza: si tu negocio crece, todavía deberás algo en abril, pero sin la multa por pago insuficiente.

¿Cómo pago?

  • Con tu cuenta en línea del IRS o IRS Direct Pay, desde tu cuenta de banco.
  • Con EFTPS, el sistema de pagos electrónicos del Tesoro.
  • Por correo, con el comprobante del Formulario 1040-ES.

¿Y si tengo una S-Corp?

Puedes cubrir parte o todo el impuesto con la retención de tu sueldo por nómina. La retención cuenta como si se pagara en partes iguales durante el año, lo que ayuda si te atrasaste en un trimestre.

Un hábito que ayuda

Aparta una parte de cada pago que recibes en una cuenta separada solo para impuestos. Así, cuando llega la fecha, el dinero ya está ahí.

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Fuentes

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